Tras cerrar la compra de una vivienda, y antes de plantearnos habitarla, es fundamental que nos centremos en dar de alta o hacer el cambio de titularidad en los suministros de una vivienda. De esta forma, nos aseguraremos de que, en el momento en que entremos a vivir en ella, podremos disfrutar de todo aquello que es necesario para vivir (electricidad, agua y gas).
Pero no te preocupes, porque si es tu caso, podemos decirte que no son procesos complicados. Sobre todo, si los comparamos con todos los trámites previos que habrás tenido que hacer para hacerte con tu nueva casa. Y además, en este artículo hemos preparado una pequeña guía para que puedas completarlos fácilmente y sin quebraderos de cabeza.
¿Qué te parece, te animas a seguir nuestros consejos?
Así puedes hacer el cambio de titularidad en los suministros de una vivienda
Suministro eléctrico
Si tu vivienda es de obra nueva y vas a ser su primer propietario, será necesario que contrates y solicites la activación del suministro energético. Para ello, es importante que sepas distinguir entre:
- Compañía distribuidora: es la empresa que se encarga de hacer que el suministro de luz llegue hasta la zona geográfica donde se encuentra tu casa. Por lo tanto, tiende los cables, instala el contador (en alquileres) y da el mantenimiento a la red. En este caso no la elegimos nosotros, porque estas zonas en España ya están asignadas previamente a determinadas compañías.
- Compañía comercializadora: se trata de la empresa que media entre el cliente y la compañía distribuidora. Por lo tanto, realiza las gestiones necesarias para que el servicio de luz llegue correctamente hasta tu casa y se encarga de facturártelo.
El cambio de titularidad en el suministro de la vivienda debe iniciarse a través de la compañía comercializadora. Por lo tanto, debes valorar las ofertas de cada una para averiguar cuál encaja mejor con lo que necesitas y, a partir de ahí, tomar la decisión para ponerte en contacto con ella.
Costes de dar de alta el suministro eléctrico de una vivienda
Ten en cuenta que cada compañía te podrá ofrecer diferentes tarifas para contratar la electricidad: reguladas (según los precios de la luz en cada momento) o de mercado libre (de precio estable, por horas o indexadas). Aunque, de cara al proceso de alta, lo fundamental es que tengas en cuenta los costes que tiene todo este trámite:
- Derecho de extensión: se debe abonar cuando damos de alta la infraestructura eléctrica (en cuyo caso, lo paga el promotor o constructor) o para incrementar la potencia del sistema (lo paga el titular del contrato). Su coste es de 17,37€ por cada kW de potencia (IVA no incluido).
- Acceso al suministro: es necesario pagar por utilizar la red de transporte eléctrica. Por cada kW de potencia se pagan 19,7€ (IVA no incluido).
- Enganche: conectarse al punto de suministro de la red tiene un precio de 9,04€ (IVA no incluido).
- Verificación: es necesario comprobar que la instalación cumple con las garantías técnicas para funcionar. Aunque si se presenta un boletín eléctrico o C.I.E. no es necesario realizar este pago.
- Depósito de pago: fianza que hay que depositar cuando damos de alta el servicio, lo reactivamos o subimos su potencia. Tiene un coste que oscila entre 10,54€ y 13,10€ por cada kW de potencia eléctrica.
Documentación necesaria
Tras elegir una compañía comercializadora y que esta dé luz verde a la prestación del servicio de suministro de luz, será preciso aportar una serie de documentos y de datos para completar el trámite. Así, deberemos facilitarle la dirección de la vivienda, su Certificado de Instalación o Boletín Eléctrico, la información del titular del nuevo contrato, la potencia que solicitamos dar de alta y el código IBAN de la cuenta bancaria donde nos domiciliarán los recibos.
Y, una vez que esté toda la documentación a punto, la comercializadora se pondrá en contacto con la distribuidora para que esta envíe un técnico a nuestro domicilio. Este profesional se encargará de completar el alta desde el punto de vista técnico y, si es necesario, de colocar un Interruptor Controlador de Potencia (ICP) para regular la potencia. Así, quedará todo listo para que inmediatamente después la comercializadora complete la conexión a la red de suministro y active el contrato.
Cambio de titularidad en el suministro eléctrico de la vivienda
Si nuestra nueva casa es una vivienda antigua, esta tendrá ya activado un suministro de luz. Por lo tanto, será necesario que lo pongamos a nuestro nombre para que los consumos y recibos estén correctamente domiciliados. Aunque, por fortuna, el proceso será bastante sencillo, porque bastará contactar por alguno de los canales habilitados con la empresa comercializadora, comunicar el cambio de titularidad y aportar los datos que esta solicite. Tras ello, la compañía realizará el trámite en el plazo máximo de tres semanas.
Además, recuerda que puedes aprovechar este momento para cambiar la compañía comercializadora. En este caso, tan solo tendrás que dirigirte a la empresa de tu elección para que, con tus datos, realice toda la gestión. Teniendo en cuenta, claro, que necesitarás aportar más información, como la potencia eléctrica que está contratada en ese momento.
Suministro de gas
El proceso para dar de alta el suministro de gas natural en una casa de obra nueva es similar al suministro eléctrico. Lo primero de todo será comprobar que la vivienda está preparada para recibirlo, lo que quiere decir que deberá disponer de:
- Una instalación de gas, como una caldera o calentador.
- Una acometida de gas, el tubo que une la instalación de la compañía distribuidora como la instalación de la propia vivienda.
- Un Certificado de Instalación de gas que refrende que los dos puntos anteriores están cumplidos. En este caso, lo expide la distribuidora.
- Un Código Unificado de Punto de Suministro (CUPS). Es una combinación alfanumérica que asocia la vivienda con la instalación concreta para el suministro de gas. De igual manera, lo entrega la empresa distribuidora.
Si cuentas con todo ello, podrás avanzar en el proceso. Si no, deberás ponerte en contacto con la compañía distribuidora de la zona para que emita un presupuesto de toda la instalación. Una vez que lo aceptes, podrá llevarla a cabo un técnico de esta o un instalador independiente autorizado.
Completar la instalación
Tras tener todo listo, puedes consultar las opciones disponibles (de mercado libre o TUR-regulada) y elegir tu compañía comercializadora. Al ponerte en contacto con ella, esta te solicitará una serie de datos para dar de alta el contrato: nombre completo, DNI/NIE, datos de contacto, IBAN bancario, certificados de Instalación de Gas (IRI-IRC), certificado de Instalación Térmica (RITE) y copia de escritura de la vivienda.
Cuando esté todo correcto, la compañía comercializadora se pondrá en contacto con la distribuidora para completar el trámite e iniciar el suministro. Algo para lo que será necesario que acuda a la vivienda un técnico de la distribuidora que instale y habilite un contador para medir tu consumo.
Costes de dar de alta el suministro de gas de una vivienda
Ten presente que, al dar de alta el gas por primer vez, deberás pagar unas tasas iniciales. Cubren los derechos de acometida (de peaje), los cuales los determina la distribuidora, son de pago único y tienen una vigencia de 5 años; así como los de alta, que abarcan la instalación del contador y del precintado, y que difieren según la Comunidad Autónoma en la que habites y la tarifa que te corresponda.
Además, si eliges la opción del mercado regulado, recuerda también que hay tarifas diferentes de Último Recurso (TUR), cuyo precio queda determinado trimestralmente por el Gobierno en función del consumo anual necesario para las instalaciones de la vivienda:
- TUR 1 (consumos de hasta 5.000 Kwh/año).
- TUR 2 (consumos de 5.000-15.000 Kwh/año).
- TUR 3 (consumos de 15.000-50.000 Kwh/año).
En cambio, si optas por el mercado libre (aunque es una opción menos recomendable desde el punto de vista económico), la empresa pactará contigo un precio fijo para el gas en función de tus consumos. Normalmente, estará vinculado a los precios del mercado mayorista. Y con la particularidad de que quedará vigente por contrato durante al menos un año.
Cambio de titularidad del suministro de gas de la vivienda
Si compras una casa que ya tiene dado de alta el suministro de gas, tendrás que ponerte en contacto con la compañía comercializadora a través de alguno de sus canales habilitados, como Internet o el teléfono. Y, a través de un proceso totalmente gratuito, esta te solicitará toda la información necesaria, como el DNI/NIE, datos de la vivienda, datos bancarios, código CUPS, tarifa de acceso, etc. además del nombre, apellidos y DNI/NIE del anterior titular.
Una vez hecho este trámite, el cambio de la titularidad en el suministro deberá figurar en un plazo máximo de 3 semanas.
Suministro de agua
En España el suministro del agua corre a cargo del municipio donde se encuentra la vivienda. En concreto, es el ayuntamiento el que otorga la concesión a una empresa, la cual establece el precio del servicio y también se responsabiliza de la calidad del agua. De esta forma, deberás ponerte en contacto con la compañía que te corresponda para iniciar los trámites para el alta de titularidad de este suministro en tu vivienda.
Documentación requerida
La empresa te pedirá unos determinados datos, como tu DNI/NIE, un documento que te acredite como inquilino o propietario e información bancaria. Además de un boletín del agua, el cual es un certificado de instalación legal que refleja que la vivienda cuenta con toda la fontanería necesaria para permitir el suministro. De ahí que este documento deba ser emitido y firmado por un profesional cualificado y autorizado.
Tras ello, la compañía suministradora enviará a tu domicilio a uno de sus técnicos para que instale el contador en la vivienda y se te cobrarán los derechos de contratación, que incluyen la cuota de red y la de enganche, además de los costes asociados al propio aparato de medida o a las llaves de entrada. Estos los estipula la empresa responsable y son requisito indispensable para que puedas empezar a disfrutar de tu suministro de agua.
Cambio de titularidad del suministro de agua de la vivienda
Al igual que en los dos casos anteriores de cambio de titularidad de suministros de tu vivienda, aquí deberás encargarte de contactar con la empresa suministradora a través de alguno de sus canales habilitados. Esta te solicitará la información necesaria, la cual puede variar. Aunque la más habitual son el documento de identidad, el número de cuenta bancaria, el documento que determine tu derecho a habitar la vivienda, el certificado de empadronamiento y la última lectura del contador del agua.
Pero, eso sí, aquí ten presente que la compañía podrá cobrarte una fianza inicial además de tu consumo propiamente dicho. Este es un pago adelantado que se estipula en función de la vivienda (de su número de baños) y que suele tener un coste de entre 50 y algo más de 100 euros. Aunque, una vez que termine el contrato, se te será devuelto.
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