Tomar la decisión de comprar una vivienda no suele ser sencillo, porque una vez que se da el paso, no es posible volver atrás. Por ello, es importante visitar el inmueble en varias ocasiones con anterioridad y comprobar que este cuenta con todo lo necesario para colmar nuestras expectativas, de forma que no nos encontremos con ninguna sorpresa negativa cuando comencemos a vivir en él.
Pese a ello, se siguen dando casos de personas y familias que, antes o después, descubren que se equivocaron a la hora de adquirir su casa. Esta es la razón por la que hoy en nuestro blog queremos hablarte de una opción realmente interesante para aquellos compradores más indecisos y que buscan minimizar los riesgos de equivocarse: el contrato de alquiler con opción a compra.
Normalmente, estamos acostumbrados a decantarnos por una opción cuando buscamos mudarnos de casa. Por un lado, tenemos la vía del alquiler si queremos acceder rápidamente a una vivienda y no tenemos previsto establecernos durante mucho tiempo en el mismo lugar. Y, por el otro lado, está la opción de la compra si pensamos en tener estabilidad a medio y largo plazo, así como rentabilizar nuestra inversión.
Sin embargo, solemos olvidar que tenemos una tercera alternativa que combina los aspectos más interesantes de una y otra: el contrato de alquiler con opción a compra. Básicamente, lo que este nos propone es firmar un contrato de arrendamiento en el que se indique también la posibilidad de comprar la vivienda dentro de un plazo de tiempo determinado, ofreciendo con ello tanto flexibilidad como seguridad para las dos partes implicadas.
A primera vista, un contrato de alquiler con opción de compra cuenta con todas las características de un contrato de arrendamiento, ya que en él se estipulan los derechos y obligaciones de las dos partes (arrendador y arrendatario) para que la vivienda sea cedida en este tipo de régimen. Pero, en su caso, incluye también una cláusula que especifica las condiciones necesarias para que la persona que vive alquilada pueda acceder a su compra.
En concreto, este apartado señala que, en el período de tiempo estipulado en el contrato de alquiler, el arrendatario podrá comunicarle al arrendador su intención de comprar la vivienda. Y, en ese caso, deberá abonar el precio acordado previamente en el contrato de alquiler con opción a compra, pero descontando (de forma total o parcial) las rentas del alquiler que se hayan abonado hasta ese momento.
De esta forma, un contrato de alquiler con opción de compra es realmente un contrato mixto, ya que está compuesto por dos apartados o subcontratos: el inicial del alquiler y el relativo a la opción de compraventa.
No hay una normativa específica para regular los contratos de alquiler con opción a compra, pero la parte correspondiente al alquiler está contemplada dentro de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). De ahí que sea muy importante que tanto las condiciones sobre la compraventa como la voluntad de las dos partes queden claramente detalladas en la cláusula sobre la transacción.
Todo ello hace que debamos recurrir a la LAU para saber que los contratos de alquiler —y, por tanto, también los de derecho a compra— pueden tener una duración máxima de 5 años (7 si el arrendador es una persona jurídica). Sin embargo, este período puede prorrogarse si las dos partes están de acuerdo; de forma que también será fundamental que ambas reflejen sus nuevas condiciones, especialmente si aluden a aspectos importantes como el coste del alquiler o el precio de venta, los nuevos plazos fijados o las condiciones de venta.
Si no hubiera cambios en lo acordado ni se firmara un nuevo contrato, el acuerdo inicial se prorrogaría automáticamente por períodos anuales hasta alcanzar otros cinco o siete años, respectivamente.
¿Qué información debe tener la cláusula específica de compraventa?
Un contrato de alquiler con opción a compra debe contener la siguiente información básica para detallar las condiciones de la compraventa:
Si el inquilino decide adquirir la vivienda durante el período de vigencia del contrato de alquiler con opción a compra, deberá comunicárselo a su propietario. Para ello, utilizará el canal de comunicación que indique el contrato, si es que se estableció uno previamente.
No son muchos los propietarios que valoran la posibilidad de formalizar este tipo de contratos para rentabilizar su propiedad. Pero para ellos puede resultar interesante por las siguientes razones:
Dadas las características del contrato de alquiler con opción a compra, el más beneficiado será el arrendatario. Estos son los motivos:
Como es lógico, esta modalidad de contrato no siempre es totalmente positiva para alguna de las partes. En el caso del dueño del inmueble, estos son los aspectos que pueden llevarle a proponer otras opciones al potencial inquilino:
Desde el punto de vista de la persona que accede al inmueble, estos son los tres aspectos del contrato de alquiler con opción a compra que pueden resultar menos atractivos:
Para elaborar correctamente el mencionado contrato, es importante que las dos partes tengan en cuenta lo siguiente:
Aquí finaliza nuestra completa guía sobre los contratos de alquiler con opción a compra. Como ves, son una opción especialmente interesante para quienes buscan una vivienda sin tener aún claro su futuro a medio y largo plazo. De esta forma, pueden acceder inmediatamente a las ventajas de un alquiler, a la vez se aseguran el derecho prioritario de comprar el inmueble en el futuro, siempre y cuando su situación personal y económica sea la idónea.
Esperamos haber aclarado todas tus dudas al respecto y, recuerda, si estás en pleno proceso de búsqueda de tu nueva vivienda, no dudes en contactar con nosotros. En CULMIA podemos ayudarte y asesorarte para que tomes ya una de las mejores decisiones de tu vida. ¡Te esperamos!
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