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Gastos notariales al comprar una vivienda: todo lo que debes saber

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Entre los diversos y numerosos gastos aparejados a la compra de una vivienda, se encuentran los de carácter notarial. Y es que, aunque la intervención de un notario no es imprescindible para formalizar la operación si el comprador realiza el pago al contado, sí es recomendable para otorgar todas las garantías legales al proceso.

¿Quieres conocer cuáles son los gastos notariales de compra de vivienda? ¡Sigue leyendo, porque en las siguientes líneas te los contamos con detalle!

¿Cuál es la función que realizan los notarios en la compraventa de viviendas?

Los notarios son tanto funcionarios públicos como un profesionales del Derecho. Por lo tanto, ejercen con garantía de independencia y llevan a cabo una actividad necesaria para proporcionar a los ciudadanos la seguridad jurídica que promulga la Constitución. Para ello, comprueban los hechos pactados entre las personas, los legitiman y dan fe pública de todo ello.

Es importante destacar que los honorarios notariales incluyen un arancel fijo que establece el Real Decreto 1426/89. Este retribuye su función y el sistema con el que se financia la seguridad jurídica preventiva. De ahí que todos los notarios de España cobren lo mismo por realizar un servicio idéntico, si bien pueden ofrecer un descuento del 10 %. Así que su elección, más allá de esta posible rebaja, depende plenamente de la calidad de servicio que prestan.

En el caso de la compraventa de viviendas, los notarios cumplen diversas funciones:

¿Es necesario contar con un notario en la compraventa de una vivienda?

La respuesta de si deberemos reservar dinero para afrontar los gastos notariales por una compra de vivienda es depende. Si la operación se realiza mediante un acuerdo privado, realmente no será necesario que un notario dé fe de este. Pero, pese a ello, sí es muy recomendable contar con su labor, porque cerrar la operación de compraventa mediante una escritura pública firmada ante notario dará todas las garantías legales y jurídicas al acuerdo.

Además, ten en cuenta que si la transacción incluye la firma de una hipoteca, la participación de un notario sí será imprescindible. Fundamentalmente, para garantizar que el prestatario entiende las condiciones del préstamo, dado que deberá levantar un acta notarial para hacer constar que este ha recibido la información necesaria y que la ha entendido.

¿Qué incluyen los gastos notariales por compra de vivienda?

Ten en cuenta que lo incluido en la factura de un notario no se reduce a los honorarios de este profesional. Lo que pagarás también se destinará como provisión para hacer frente a los impuestos, a los honorarios de los registradores y de otros gastos derivados de la operación, y que el notario debe abonar más adelante en nombre del cliente. Es decir, servirá para afrontar aspectos como el seguro de responsabilidad civil, los servicios informáticos o la encuadernación de las escrituras.

En cualquier caso, no te preocupes, porque en la factura, el notario desglosará todos estos conceptos para que tengas claro qué pagas y con qué finalidad lo haces.

¿Cuáles son los gastos notariales por compra de vivienda?

Como hemos dicho, este coste de esta actividad está fijado por la Ley. Pero se define a partir de tres factores diferentes:

Para hacernos una idea rápida de a cuánto ascienden los gastos notariales por la compra de una vivienda, podemos señalar que estos suelen oscilar entre el 0,2 y el 0,5 % del precio de adquisición de la vivienda. Por ello, en aquellas transacciones inferiores a los 200 000 euros, la minuta no deberá superar en ningún caso los 1 000 euros en total. Una cantidad a la que el propio notario podrá aplicarle un descuento máximo del 10 %, si así lo desea.

Aunque, eso sí, a esta cantidad debes añadirle el coste de la copia de la escritura que te corresponderá como comprador, así como de las siguientes. En función de su extensión (del número de folios que la integren), deberás pagar entre 50 y 90 euros por ella.

¿Quién debe afrontar los gastos notariales por compra de vivienda?

Si nos ceñimos exclusivamente a lo que dice la Ley, el artículo 1455 del Código Penal puntualiza que «los gastos de otorgamiento de las escrituras serán de cuenta del vendedor y los de primera copia y los demás posteriores a la venta serán de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario».

Sin embargo, la clave está en lo que dice al final, porque en ocasiones, en los contratos de arras o en las escrituras de compraventa, el vendedor y el comprador pactan que sea este último el que acarre con los costes de la notaría o que estos se distribuyan de forma equitativa (50-50 %). Todo dependerá de la posición de cada uno y de que se llegue a un acuerdo en este sentido, porque si no lo hay, prevalecerá lo indicado en el Código Penal.

Y en el caso de que la compraventa implique la contratación de una hipoteca, lo normal es que la entidad bancaria que preste el dinero se haga cargo del coste de la notaría. Situación en la que solo deberías abonar el coste de la copia de la escritura que te corresponde y de las siguientes.

¿Quién decide el notario que interviene en la operación de compraventa?

En todos los casos, la elección del notario es decisión del comprador. Si firmas una hipoteca con una entidad bancaria, esta normalmente recomendará un profesional de su confianza que conozca bien sus condiciones y préstamos. Pero el cliente siempre tendrá la ocasión de asignar a otro, tal y como deja claro la Ley Hipotecaria.

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