Cuando un futuro comprador de vivienda saca la calculadora y empieza a hacer números sobre el coste que le supondrá hacer esta inversión, debe prestar especial atención a los impuestos. Estos siempre son una parte importante del desembolso que hay que hacer en cualquier operación de este tipo, pero pueden pasar inicialmente desapercibidos por desconocimiento o por falta de previsión.
Así, con el objetivo de que no se conviertan para ti en un problema de última hora, en CULMIA hemos preparado toda la información que necesitas para saber qué impuestos se pagan al comprar una casa nueva. ¡Sigue leyendo y ten todo preparado cuando llegue el gran momento!
Enseguida veremos qué impuestos se pagan al comprar una casa, en función de una serie de factores. Sin embargo, para empezar y a modo de orientación, podemos decirte que tendrás que destinar una parte relevante de tu dinero para afrontar este gasto. En concreto, hablamos de entre un 4 % (en los mejores casos, si se trata de viviendas protegidas) y un 10-12 % del precio de venta que tiene la vivienda.
¿Cuáles son los factores que condicionan los impuestos que se pagan al comprar una casa nueva?
Son tres:
Si la casa que tienes previsto adquirir está todavía pendiente de estrenar, deberás hacer frente a dos impuestos diferentes:
Es exclusivo de las viviendas nuevas y acompaña a su precio de venta. Por lo tanto, el comprador lo abona al efectuar la operación a la promotora que vende el inmueble, de forma que luego es esta empresa la que lo paga a Hacienda al declarar la operación. Su valor es del 10 % del importe que figura en la escritura, salvo que se trate de una vivienda de protección oficial en régimen especial o que sea de promoción pública (en este caso se tributará un 4 %).
Además, ten también en cuenta que en Canarias el IVA se sustituye por el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y que corresponde al 6,5 % del valor de la vivienda.
Este impuesto grava la escrituración notarial, mercantil o administrativa de la compraventa. Corre a cargo del comprador y su coste varía entre el 0,4 y el 1,5 % del valor declarado de la vivienda en función de la Comunidad Autónoma donde se encuentre la vivienda, siempre y cuando esta se pague sin necesidad de préstamo. En caso contrario, su importe debe calcularse sobre la responsabilidad hipotecaria (lo que incluye intereses, costes y gastos).
Para su autoliquidación hay que rellenar el Modelo 600 y presentarlo de forma telemática o en una oficina habilitada de la Comunidad Autónoma correspondiente. Para ello se cuenta con un plazo de 30 días hábiles desde la firma de la operación.
El IAJD en las operaciones de vivienda nueva se compone de dos cuotas:
En el caso de que la operación se realice sobre un inmueble que ya ha tenido un propietario previo, también deberá abordarse el pago de dos impuestos.
Este impuesto grava las operaciones de transmisión de patrimonio, por lo que en este caso hablamos de una transmisión patrimonial onerosa, ya que el propietario de una vivienda la vende al comprador.
El comprador dispone de 30 días para pagarlo desde la firma de la compraventa. Y para ello debe dirigirse a la oficina de registro de su Comunidad Autónoma, ya que son estas las que realizan su gestión.
Su valor depende del porcentaje que se aplica sobre el precio que figura en la escritura y que viene definido previamente por la Comunidad Autónoma donde se encuentre la vivienda. Se sitúa entre el 4 y el 10 %, ya que tenemos esta distribución:
Al igual que ocurre en el caso del IAJD, las Comunidades Autónomas han establecido sus propias condiciones para poder aplicar ITP reducidos. Es lo que ocurre, por ejemplo, en el caso de las Viviendas de Protección Oficial (VPO) o de los compradores que cumplen con determinadas características, como de edad (jóvenes), tener algún tipo de discapacidad o pertenecer a una familia numerosa.
Así, es recomendable informarse antes de completar la operación para conocer si es posible acceder a alguna de estas opciones para desgravar.
Es el mismo impuesto que se aplica a las operaciones de compraventa de vivienda nueva. Pero hay un par de matices importante en este caso:
En definitiva, la gran diferencia es que en las hipotecas que se suscriben para la compra de una vivienda nueva, es el comprador el que debe pagar la cuota fija de este impuesto; mientras que en aquellas que se firman para adquirir un inmueble de segunda mano será la entidad bancaria o financiera la que lo abone.
En último lugar, ten presente que la propiedad de una vivienda supone pagar otros impuestos además de los que hay que liquidar por su compra. Entre ellos están:
Estos son los impuestos que hay que pagar al comprar una vivienda nueva o una de segunda mano, por lo que esperamos que nuestro artículo te haya servido para aclarar todas tus dudas. Y recuerda, en CULMIA podemos ayudarte a encontrar la casa ideal para ti y tu familia. ¡Consúltanos y descubre todo lo que podemos hacer por ti!
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